Novedades en las solicitud de ayudas para tu negocio

Tags de comunicados: Asesoramiento, Ayudas, Bancos
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El Banco Santander nos ha enviado más información de serán las operaciones ICO.

Si vas a pedir un ICO tendrás que rellenar un documento semejante al siguiente (valdría con firma digital) y enviarlo a tu banco para ir comenzando la solicitud:

En_________________, a______________________________
_______________________________, en adelante el cliente, manifiesta su voluntad de obtener
financiación por parte de Banco Santander, con la finalidad específica de paliar los efectos
económicos derivados del impacto producido en su actividad por el COVID 19, y su compromiso
de formalizarla con Banco Santander, con cargo a la Línea de Avales del ICO para empresas y
autónomos, para paliar los efectos económicos del COVID-19. (RDL 8/2020, de 17 de marzo)
A tal efecto declara: (i) tener su domicilio social en España, (ii) no tener morosidad declarada en
Cirbe a 31/12/2019, y (iii) no estar en situación de concurso o estado de insolvencia.


El presente Mandato se otorga a favor de Banco Santander, con el fin de que el Banco pueda
proceder a: (i) estudiar la solicitud de financiación (ii) someterla a la autorización de sus
correspondientes Comités, (iii) en caso de que resultara necesario, tramitar la obtención de la
autorización previa por parte del ICO, y (iv) preparar toda la documentación necesaria para la
firma de la operación con el Banco, de forma que la financiación sea otorgada con cargo a la
referida Línea de Avales.


El Cliente se obliga a proporcionar cuanta información y documentación sea necesaria a los
efectos de que el Banco pueda realizar una adecuada ejecución del mandato.


Datos del solicitante:
Nombre/Razón Social:
NIF / CIF:
Datos de contacto:
Nombre y Apellidos:
Dirección e-mail teléfono:
Datos de la financiación:
Importe: Plazo (años): (Máximo 5 Años – Incluye 1 año de Carencia)


Declaro que adicionalmente a lo que solicito a Banco Santander, quiero pedir financiación al
amparo de esta línea COVID-19 a otras entidades por un total (importe): __________________


La aceptación por el Banco de la presente Carta de Mandato no implica obligación de otorgar la
Financiación, que queda sujeta a la obtención de las autorizaciones necesarias, y al
cumplimiento por el Cliente de todos los requisitos exigidos por el ICO.


Firmado: ___________________________________________


Esta Carta Mandato estará en vigor hasta a) la firma de la documentación de la financiación, b)
la fecha en que se le comunique la denegación de la operación sea por política de riesgos o por
incumplimiento de los requisitos de acceso a la Línea, c) 31 de septiembre de 2020, o d) hasta
que se agote el límite de avales disponibles con cargo a la citada Línea, lo que ocurra primero.

 


La próxima semana se podrán firmar las operaciones. Seguramente a partir del miércoles..... 

Aun tiene que confirmarse pero casi al 100% no va a haber ni comisión de apertura ni de cancelación. El tipo igualmente tienen que confirmarlo pero casi seguro sera el 1,5%

Hasta 100.000 euros no hay que ir a notario. Para más de 100.000 euros se firma en oficina pero con un compromiso de que en los próximos 4 meses tendrás que ir a notaria el dia que mejor te venga. 

¡Seguimos adelante!

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